Gobierno Corporativo de Codelco y representación de los trabajadores

La ley nada dice respecto a la forma de cómo deben ser elegidos los candidatos que postulen en representación de los trabajadores de Codelco en el Directorio de la Empresa. Nelson Aquiles Soto
Imagen de Corresponsales El Nortero
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17 de Noviembre, 2009 08:11

Recientemente fue firmado en Rancagua, por la Presidenta de la República Michelle Bachelet, en presencia de las distintas autoridades de Gobierno, Corporación Nacional del Cobre, además de trabajadores y dirigentes sindicales, el proyecto de ley que modifica el DL 1.350 y la Ley 19.137, de Codelco. Cabe señalar que en esta misma ciudad hace 38 años, el Presidente Salvador Allende, promulgó la Nacionalización de la Gran Minería del Cobre.
Las diferencias de ambos hechos son sustanciales, porque cuando el Presidente Allende Nacionalizó la Gran Minería del Cobre, el Estado Chileno paso a tomar posición del 95 % de la producción de cobre del país, instándose en esa época a los trabajadores que componían estas empresas, ser más competitivos, eficientes y patrióticos, poniendo de su parte el máximo de los esfuerzo, para demostrar que los profesionales y trabajadores chilenos eran capaces de administrar una empresa de esta envergadura.
La promulgación de está nueva ley, pretexta remediar aspectos de competitividad, eficiencia, administración y autonomía de la empresa, y para ello somete a Codelco a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros, se eliminan la representación de los ministros de Minería y Hacienda en el Directorio, además, que tres de los Directores son elegidos a través de una terna propuesta por el Consejo de la Alta Dirección Pública, manteniéndose la representación de los trabajadores, que serán elegidos por el Presidente de la República a través una quina propuesta por los trabajadores.
En relación a este último punto, quisiera señalar que si bien es cierto esta modificación de la ley orgánica de Codelco, en su espíritu pretende darle más transparencia a la administración de la empresa, y sin entrar analizar si esta reforma se apega o no a la Constitución, pronunciamiento que debe hacerlo la Contraloría General de la Republica, ante la presentación del Presidente del Comité de Defensa del Cobre Julián Alcayaga, quién plantea claramente que dicha reforma es inconstitucional, por establecer requisitos discriminatorios para los miembros del Directorio de Codelco que escoja el Consejo de la Alta Dirección Pública, sin embargo, la ley nada dice respecto a la forma de cómo deben ser elegidos los candidatos que postulen en representación de los trabajadores de Codelco en el Directorio de la Empresa.
¿Por qué planteo esto? Porque desde que se promulgó la Ley 1.350 que creó Codelco Chile el año 1976, los representantes de los trabajadores en el Directorio de la empresa, han recaído siempre en dirigentes sindicales que son alineados políticamente al gobierno de turno.
Así lo fueron durante el gobierno militar, y en todos los gobiernos de la concertación, y en muchos casos se han asimilados más a directores vitalicios. Muchos podrán decir que corresponde a la fiel representación de los trabajadores, sin embargo, para ello debemos buscar la esencia en la elección de estos representantes; primero en el Consejo Directivo Nacional de la Federación del Cobre - donde nos encontraremos claramente con que algunos de los dirigentes nacionales representan un número muy menor a la cantidad de afiliados que tienen en sus sindicatos bases -, sin embargo, el lobby y compromisos contraídos que posteriormente deben cumplirse, son más importantes que la representación misma, lo que finalmente les asegura a dichos “dirigentes” llegar al Consejo Directivo Nacional.
Ahora bien, es importante conocer como se elige el Consejo Directivo Nacional de la Federación de Trabajadores del Cobre, según mi experiencia como Consejero Nacional durante el período 2003 -2005. Al momento de la elección del nuevo directorio el Presidente saliente plantea que a contar de ese momento deja su cargo y por tanto debe elegirse el nuevo directorio, para lo cual el mismo tiene una propuesta de conformación del nuevo directorio; propuesta que entrega a cada consejero en esa misma reunión, la cual contiene un organigrama de la nueva mesa directiva, en la cual se auto propone como Presidente, para lo cual, a mano alzada solicita a los consejeros electos quienes están de acuerdo con la propuesta - previo lobby efectuado con las personas más cercana al proponente -, “aprobándose” de esta forma por mayoría.
Quienes están en desacuerdo con dicha propuesta son sorprendidos por este accionar, no quedándoles más que acatar.
Por lo anteriormente expuesto, y como una manera de transparentar la real representación de los trabajadores del cobre en el Directorio de Codelco, es que planteo que los miembros de la quina que se proponga a la Presidenta de la República, sea consultada a las bases a través del sufragio universal, para ello las partes involucradas gobierno, trabajadores y dirigentes sindicales, debieran incentivar esta propuesta.

De esta manera, el real espíritu que se busca a través de esta nueva ley de Codelco, permitirá impregnar fielmente los conceptos valóricos de la transparencia en la administración de esta gran empresa del Estado de todos y cada uno de los chilenos.

Nelson Aquiles Soto Aguilera
Ex – Consejero Nacional
Federación de Trabajadores del Cobre
FOTO/FLICKR: Luis Fabres

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