¿Qué Pasa con la Participación? Muni declara Fallida la conformación del CESCO
Durante el llamado que comenzó en agosto pasado, sólo dos organizaciones se mostraron interesadas en participar en este Consejo que está compuesto por 30 integrantes. ¿Qué pasa con la Participación Ciudadana en Antofagasta?
Tras terminar el proceso de postulación al Consejo Económico Social Comunal (CESCO) para el periodo 2009-2013 y hacer la revisión de antecedentes de las 35 instituciones inscritas, la Municipalidad de Antofagasta debió declarar fallido el llamado producto de la baja participación de las organizaciones representativas de actividades productivas de bienes y servicios.
Esto se debe a que el reglamento interno para elegir a los 30 consejeros comunales establece que 10 de ellos corresponderán a juntas de vecinos, 11 a las organizaciones comunitarias funcionales y los 9 restantes a organizaciones representativas de actividades productivas de bienes y servicios.
Sin embargo, en éste último ítem fueron solamente 2 las organizaciones interesadas en participar, hecho que produjo que el llamado impulsado por la alcaldesa Marcela Hernando e iniciado en el mes de agosto de 2009 no pueda constituir una nueva asamblea.
Consultada al respecto, la primera autoridad comunal relevó la importancia que tiene para su administración intensificar el rol del CESCO e indicó que está en estudio la posible modificación del reglamento interno para así evitar que el próximo llamado nuevamente se vea frustrado, ya que la participación de las organizaciones productivas de bienes y servicios ha sido históricamente baja.
Junto a ello, la edil felicitó a las agrupaciones que participaron de este proceso e hizo un llamado a quienes no se hicieron parte esta vez a que postulen en el nuevo calendario de llamado, que podría publicarse en primera instancia en el mes de enero de 2010.
Según lo estipulado en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, los gobiernos comunales tienen la obligación de establecer modalidades de participación de la ciudadanía local, motivo por el cual el CESCO obtiene un lugar relevante al actuar como organismo asesor de la municipalidad, ya que tiene como finalidad asegurar la participación de las organizaciones comunitarias de carácter territorial, funcional y de actividades relevantes en el proceso económico social y cultural de la comuna.
Quienes sean elegidos como consejeros deben ser ciudadanos chileno o extranjero avecindado en el país, tener 18 años de edad, contar con un año de afiliación mínima en alguna organización del estamento y no poseer antecedentes penales.
Dentro de las facultades del CESCO está pronunciarse respecto de la cuenta pública de la alcaldesa, sobre la cobertura y eficiencia de los servicios municipales e interponer recursos de reclamación, además deben ser informados respecto de los presupuestos de inversión, el Plan de Desarrollo Comunal y el Plan Regulador.
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