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Corte de Antofagasta absuelve a acusada por parricidio que actuó en defensa propia

25 Noviembre 2019

Instancia judicial acogió recurso de nulidad.

Equipo El Nortero >
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Corte de Antofagasta acogió un recurso de nulidad y absuelve a mujer acusada por el delito de parricidio; dado que sé presumió: actuó en defensa propia.

A través de una declaración pública, el Poder Judicial informó que la instancia judicial acogió el recurso de nulidad interpuesto por la defensa, y decretó la absolución de condenada por el delito de parricidio de su conviviente, tras establecer que ésta actuó en defensa a un ataque ilegítimo, registrado en octubre de 2018, en la ciudad.

FALLO

En fallo dividido (causa rol 409-2019), la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Myriam Urbina Perán y el fiscal judicial Rodrigo Padilla Buzada– anuló la sentencia impugnada, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, que condenó a la recurrente a la pena de 5 años y un día de presidio, y dictó sentencia de reemplazo.

El fallo detalló que “dada las condiciones especiales y específicas en que se encontraba la imputada, según dejaron sentado los sentenciadores, no cabe sino concluir que el cuchillo utilizado responde a la necesidad racional de su empleo, porque para ejercer su derecho a defensa era lo único que le permitía repeler en forma inmediata y directa la agresión de que estaba siendo objeto sobre todo con la historia anterior que debió deformar su pensamiento sobredimensionando la situación”.

SENTENCIA

La sentencia de reemplazo puntualizó que “que teniendo presente el razonamiento efectuado en la sentencia de nulidad y especialmente la construcción lógica de tratarse de un acto con doble resultado en donde se ha ejercido el derecho a defensa con el objeto de proteger la integridad física de su persona frente a una agresión ilegítima y sin que haya precedido una provocación suficiente por parte de la imputada Fannery Díaz Viveros, no cabe sino estimar que concurre una circunstancia que exime de responsabilidad criminal y, por lo tanto, la acción desplegada si bien es típica en términos de los delitos de lesiones y homicidio, no es antijurídica haciendo desaparecer el ilícito por una causa de justificación”.

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