¡Atención papis! Aconsejan a apoderados sobre proceso de no renovación de matrícula

¡Atención papis! Aconsejan a apoderados sobre proceso de no renovación de matrícula

11 Diciembre 2015

La mayor causa para la no renovación de matrículas son los porblemas de conducta y disciplina.

Pablo Guerrero ... >
authenticated user Corresponsal

Los establecimientos educacionales de la región están en pleno de proceso de matrículas para 2016, es por eso que en esta fecha también se informa las no renovaciones de matrículas. Es por ello que la Dirección Regional de la Superintendencia de Educación (SIE) entregó una serie de recomendaciones sobre los derechos de alumnos y apoderados.

El último reporte de la entidad fiscalizadora da cuenta de 15 denuncias por no renovación de matrícula; 10 de ellas por disciplina escolar; 3 por problemas con apoderados y 2 por rendimiento. 

El director regional de la SIE, Víctor Alvarado es enfático en señalar que “los estudiantes están en continuo proceso de formación. Los establecimientos escolares no deben aplicar medidas disciplinarias que vulneren el derecho al trato digno y al resguardo de su integridad física y psicológica".

La normativa educacional vigente hace referencia a medidas disciplinares que deben tener siempre un sentido formativo que permita que los estudiantes tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a  responsabilizarse de ellos y desarrollen actitudes orientadas a un trato respetuoso, así como compromisos genuinos de reparación del daño o error cometido.

La autoridad educacional además indicó que la Ley de Inclusión, que entra en vigencia en marzo de 2016, establece el deber de implementar en favor de los estudiantes medidas de apoyo pedagógico o psicosociales, anticipando y previendo la aplicación de  medidas disciplinarias de expulsión y cancelación de matrícula. Estas medidas contenidas en el Reglamento Interno del establecimiento deben ajustarse a la normativa educacional vigente.

Causales de no renovación

Si se aplica una medida de no renovación de matrícula por motivos conductuales, la Superintendencia de Educación indica que en el Reglamento Interno del colegio debe señalar expresamente la sanción y la falta a las cuales se aplica. Sumado a ello la irregularidad debe afectar en gravedad a la convivencia escolar del recinto educativo.

Además debe consagrar un procedimiento justo que garantice que el alumno/a sea escuchado y pueda hacer sus descargos y aportar antecedentes.

Una vez agotadas todas las instancias se le debe informar formalmente a la familia y al alumno de la medida. Sus efectos se producen al término del año escolar y tendrán resultado en el año venidero.

Si una de estas condiciones no se cumple, la sanción será irregular  y deberá ser denunciada para ser subsanada.

No renovación por rendimiento

La autoridad informa a la comunidad que la Ley de Inclusión hace extensiva la obligación de no considerar el rendimiento académico de los estudiantes para los efectos de no renovar su matrícula.

“Ningún establecimiento subvencionado o particular pagado puede cancelar la matrícula, suspender o expulsar alumnos por problemas de rendimiento en el año y finalizado este”, expuso Alvarado.

 

Etiquetas:

Contenidos que pueden interesarte

No existen contenidos para esta sección.