Comisión de Ética del Senado en juicio por senadores con intereses en la Ley de Pesca

13 Noviembre 2012

El fortalecimiento del Congreso Nacional y la legitimidad del trabajo parlamentario son fundamentales para el desarrollo de la democracia. El predominio del interés común en la gestión de los legisladores no debe verse empañada por la acción en la que estos parlamentarios podrían incurrir.

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Carta abierta a la comisión de ética y transparencia del Senado: 

La Fundación Ciudadano Inteligente trabaja con el objetivo de fortalecer la democracia y reducir la desigualdad en América Latina, promoviendo la transparencia y la participación ciudadana a través del uso de las tecnologías de información.

Uno de sus proyectos –inspectordeintereses.cl – busca la rendición de cuentas y la transparencia en la relación entre dinero y política. El año 2011, la Fundación Ciudadano Inteligente lanzó este proyecto con una investigación sobre los posibles conflictos de interés de los parlamentarios, detectando que a noviembre del 2011, 25 parlamentarios tenían participación en sociedades que no habían declarado, infringiendo con esto lo establecido en el artículo 8º de la Constitución.

Con la tramitación del Proyecto de Ley que Modifica en el ámbito de la sustentabilidad de recursos hidrobiológicos, acceso a la actividad pesquera industrial y artesanal y regulaciones para la investigación y fiscalización, la ley General de Pesca y Acuicultura contenida en la ley N° 18.892 y sus modificaciones, boletín Nº 8091, ha vuelto a instalarse en la agenda la posibilidad de conflictos de interés de nuestros parlamentarios, lo que incluso motivó un pronunciamiento sobre el asunto por parte de la Comisión que usted preside.

Al respecto, la Fundación Ciudadano Inteligente acude a usted para que sea reconsiderada la recomendación que efectuara el 16 de octubre a los parlamentarios cuestionados por posibles conflictos de interés, ya que existe abundante evidencia sobre los intereses de estos parlamentarios con respecto a dicho proyecto de ley.

A continuación presentamos esta evidencia por cada uno de los parlamentarios que tendrían intereses en el Proyecto de ‘Ley de Pesca’:

a) Andrés Zaldívar:

Su hermano, Manuel Zaldívar, es miembro actual del directorio de Corpesca, tal como consta en la página web de la empresa (documento en Anexo Nº1). Esta empresa está dedicada a la producción de alimentos de origen marino, por lo que se verá afectada directamente por la Ley en discusión.

Además, su sobrino, Felipe Zaldívar Prado, es Gerente Comercial de la misma empresa, tal como consta en documento adjunto en Anexo Nº 2.

Esto demuestra que el parlamentario, al no inhabilitarse, no cumpliría con el artículo 5 B de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso, el que establece que “Los miembros de cada una de las Cámaras no podrán promover ni votar ningún asunto que interese directa o personalmente a ellos, a sus cónyuges, a sus ascendientes, descendientes o colaterales hasta el tercer grado de consanguinidad y el segundo de afinidad inclusive, o a las personas ligadas a ellos por adopción”. En relación a su hermano, Don Manuel Zaldívar, se trata de un familiar de segundo grado de consanguinidad, y en el de su sobrino, Don Felipe Zaldívar Prado, del tercer grado de consanguinidad.

b) Carlos Larraín:

Tal como consta en la declaración de patrimonio del Senador Carlos Larraín (documento que adjuntamos en Anexo Nº 3), éste tiene 13.813 acciones de la Sociedad Pesquera Coloso,  empresa dedicada a la pesca y al procesamiento de alimentos marinos, la que se verá afectada por la Ley actualmente en discusión.

De esta forma, si el Senador Carlos Larraín no se inhabilita, no se cumpliría lo señalado en el artículo 5 B de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso – citado más arriba-, al votar un proyecto de Ley que afecta directamente sus intereses.

Por otra parte, la investigación realizada por Ciudadano Inteligente sobre los conflictos de interés de los parlamentarios, detectó que el Senador Carlos Larraín tiene un 10% de participación en la empresa Quellón Limitada, empresa dedicada también al rubro pesquero, y que se verá afectada por el proyecto de Ley en discusión.

Tal como consta en documento del Diario Oficial (que adjuntamos en Anexo Nº4) y en la página web del Servicio de Impuestos Internos (cuya copia adjuntamos en Anexo Nº5), esta sociedad se encuentra con vida tributaria y legal, pero no ha sido incluida en la declaración de patrimonio del legislador.

Esta omisión no se atiene a lo establecido en el artículo 8º de la Constitución Política de Chile, el que señala que “El Presidente de la República, los Ministros de Estado, los diputados y senadores, y las demás autoridades y funcionarios que una ley orgánica constitucional señale, deberán declarar sus intereses y patrimonio en forma pública”.

 c) Jovino Novoa:

Tal como consta en la declaración de intereses del Senador Jovino Novoa (documento que adjuntamos en Anexo Nº6), a través de la sociedad Inversiones y Mandatos S.A. tiene participación en la Sociedad Comercial Nahuelbuta, dedicada a la exportación de productos del mar. Esta empresa también se verá afectada por la ‘Ley de Pesca’, por lo que, en este caso, el Senador Jovino Novoa, al no inhabilitarse, no estaría cumpliendo lo establecido en el artículo 5 B de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso, al votar un asunto que le afecta directamente.

En virtud de la potestad que le entrega a la Comisión que usted preside el inciso final del artículo 5 A de la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional, y a la luz de estos contundentes antecedentes, venimos a solicitar a la Comisión de Ética y Transparencia del Senado que reconsidere la recomendación realizada a estos parlamentarios y recomiende a éstos inhabilitarse en la tramitación de este proyecto de Ley.

Si la Comisión de Ética y Transparencia del Senado no hiciera esta recomendación, los parlamentarios aludidos, al participar de la tramitación del Proyecto de Ley boletín Nº 8091, estarán afectando la confianza de la ciudadanía en el Congreso.

El fortalecimiento del Congreso Nacional y la legitimidad del trabajo parlamentario son fundamentales para el desarrollo de nuestra democracia. El predominio del interés común en la gestión de nuestros legisladores no debe verse empañada por la acción en la que estos parlamentarios podrían incurrir.