Diputado Pedro Araya resaltó creación de segunda comisión investigadora sobre lucro en la educación superior

Diputado Pedro Araya resaltó creación de segunda comisión investigadora sobre lucro en la educación superior

17 Diciembre 2012

La comisión investigadora se encargará de analizar las cuentas respecto de los dineros aportados por el Fisco y, en general, el funcionamiento del sistema de educación superior, considerando la acreditación de universidades.

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El diputado Pedro Araya valoró que la Cámara haya aprobado la creación de una comisión investigadora que continue el trabajo realizado por la instancia que indagó el lucro en la eduCación superior.

“Nos parece positivo que se forme esta segunda comisión porque podrá recabar los antecedentes que quedaron pendientes. Además podrá entrevistar a los invitados que nunca fueron a la anterior así como también otros nuevos”, señaló Araya.

El parlamentario recalcó que “ahora se complementarán los aspectos que quedaron en el tintero, en especial la revisión del sistema de universidades y su forma de ingreso. Los últimos hechos ocurridos en la Universidad del Mar, así como también en la Comisión Nacional de Acreditación (CNA), son motivos suficientes para seguir adelante en la fiscalización por parte de la Cámara”.

Parte de la petición que hicieron diputados de la oposición, se expresa que esta comisión deberá evaluar el cumplimiento de las normas que prohíben el lucro en las universidades y los conflictos de intereses que puedan existir y el financiamiento de las universidades públicas.

También se encargará de analizar las cuentas respecto de los dineros aportados por el Fisco y, en general, el funcionamiento del sistema de educación superior, considerando la acreditación de universidades.

El Estado de implementación de la ley N° 20.129, que contiene elementos para asegurar la calidad de la educación y recabar información atingente a la materia.

Por último, la comisión investigadora deberá determinar eventuales responsabilidades políticas y administrativas, recibiendo a personas o instituciones que puedan aporta antecedentes al efecto, y remitir sus conclusiones a los órganos que correspondan.

Para su cometido, tendrá un plazo de 120 días y podrá constituirse en cualquier lugar del territorio nacional.