Elecciones 2017: Corte Suprema sentencia que personas privadas de libertad en cárceles voten

Elecciones 2017: Corte Suprema sentencia que personas privadas de libertad en cárceles voten

31 Octubre 2017

La sentencia del máximo tribunal destaca por ejemplo que  el Servicio Electoral está facultado para la instalación de locales de votación en un recinto penitenciario.

INDH Chile >
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La Corte Suprema de Justicia acogió cinco recursos de protección presentados por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) para que cerca de doscientos internos e internas de penales de las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Los Lagos y Magallanes, puedan ejercer su derecho a sufragio en las próximos comicios electorales del 19 de noviembre.

Las acciones legales, que en cuatro de los casos habían sido rechazadas en primera instancia y en el caso de Magallanes es ahora confirmada por la Suprema, fueron presentadas por el INDH en contra del Servicio Electoral (Servel) y en contra de Gendarmería de Chile. Así la corte declaró el actual ilegal de los recurridos, ordenándole –en el caso de Arica y Puerto Montt- que en los cinco días sucesivos deberán otorgar una respuesta sobre cómo acatarán el fallo.

La sentencia del máximo tribunal destaca por ejemplo que  el Servicio Electoral está facultado para la instalación de locales de votación en un recinto penitenciario, recordando que fuera de los derechos perdidos o limitados por su detención, prisión preventiva o condena, la condición jurídica de los/as internos/as es idéntica a la de los ciudadanos libres, llamando a respetar lo señalado en la Constitución en este sentido.

La Corte Suprema concluyó que el Servel y Gendarmería “están obligados tanto por la normativa interna como por los tratados internacionales suscritos por Chile, a velar por el oportuno y adecuado ejercicio del derecho a participar en el sistema democrático, en su expresión referida al sufragio de las personas en favor de quienes se recurre, mismas que mantienen incólume su derecho a sufragio como los demás ciudadanos y que sin embargo no pueden ejercerlo vulnerándose la garantía de igualdad de trato”.

En sus respectivas apelaciones, el Servel por ejemplo aducía una imposibilidad técnica y jurídica de acceder a las solicitudes, dado que la circunscripción electoral no equivale a un recinto penitenciario. En tanto Gendarmería argumentaba que existe una imposibilidad legal para constituir mesa receptora de sufragio y señalar como lugar de votación las unidades penales, dado que lo anterior es responsabilidad del Servel.

Este proceso forma parte de una iniciativa en terreno del INDH que comenzó en 2016 y que recogió las voluntades de 264 internos e internas de diversas cárceles del país que manifestaron querer ejercer su derecho a votar.

Imagen de referencia: Huawei / Agencia Uno

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