Abogado detenido con pornografía infantil quedó en libertad, solo con reclusión nocturna en su casa

08 Mayo 2018

Jurista figuraba en la nómina de profesionales que trabajan en la red del Sename.

Equipo El Nortero >
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En libertad, pero con prohibición de salir del país y arresto domiciliario nocturno quedó el abogado que fue sorprendido fotografiando -supuestamente- a mujeres y menores de edad el viernes pasado en la Feria Internacional del Libro Zicosur (Filzic), hecho por el cual fue detenido. Posteriormente se determinó que el acusado poseía almacenadas imágenes de pornografía infantil.

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Así lo consignó El Mercurio de Antofagasta, medio que precisó que las medidas cautelares fueron adoptadas en el Tribunal de Garantía de la capital regional.    

Cabe señalar, precisó la publicación, que el jurista -identificado con las iniciales S.A.A.Z. figuraba en la nómina de curadores del Tribunal de Familia y trabajaba para el programa ambulatorio de la Fundación Tierra Esperanza, que atiende a niños del SENAME.

Se estableció un plazo de 180 días para investigar el caso.

REACCIÓN DEL GOBIERNO

En el Tribunal de Garantía de Antofagasta, la directora regional (s) del Servicio Nacional de Menores, Bianca Matamoros, junto al secretario regional ministerial de Justicia y Derechos Humanos, Juan Enrique Jara, presentaron el día de ayer una querella criminal en contra del imputado por el delito de ofensas al pudor y de material de almacenamiento de pornografía infantil.

En la ocasión, la directora regional (s) se refirió al protocolo que se deberá seguir en este caso y las medidas adoptadas. “Esta es una situación grave, que condenamos y que nos preocupa. Durante esta jornada se comenzará por parte de dos profesionales de la Dirección Nacional de Sename una revisión de esta información y de cualquier otro antecedente que nos permita colaborar en la investigación penal”.

Los hechos informados son parte de un proceso judicial, por lo que los formalizados/imputados son inocentes hasta que un Tribunal pruebe lo contrario. "Ninguna persona será considerada culpable ni tratada como tal en tanto no fuere condenada por una sentencia firme" (Artículo 4 del Código Procesal Penal sobre la Presunción de inocencia).