El caso de "Miniparaiso", la página de pornografía infantil en Facebook que no puede ser cerrada

El caso de "Miniparaiso", la página de pornografía infantil en Facebook que no puede ser cerrada

01 Diciembre 2013

El amplio espectro de audiencia que abarcan las redes sociales da para todo, incluso para cometer delitos como la pornografía infantil. Conoce el caso de "Miniparaiso" (SIC). 

Paz Ramírez >
authenticated user Corresponsal

No son pocas las páginas deFacebook que se dedican a subir imágenes de menores de edad en poses "sugerentes" y que acumulan decenas de comentarios de seguidores que invitan a continuar con esta escalofriante actividad.

Los adherentes invitan a compartir, a subir más fotos y a crear redes de apoyo entre quienes, incomprensiblemente, se ven atraídos sexualmente por la fragilidad de un cuerpo infantil y practican en el anonimato que otorgan las redes sociales, el delito de pornografía infantil. 

La pornografía infantil en Facebook es una realidad y lamentablemente se ha convertido en un espacio ajeno a la denuncia y de lentos resultados, aparentemente debido a la falta de rigurosidad que ha mostrado Facebook al momento de rastrear la posible infracción. 

Tal es el caso de la fangape"Miniparaiso" (SIC) un sitio en la red social que funciona desde el 14 de noviembre del presente año, que tiene màs de 500 "me gusta" y que acumula miles de denuncias pero que no ha sido clausurada por los administradores del sitio.

Lamentablemente "Miniparaiso" se encuentra fuera de las causales de cierre debido a que no incurre en pornografía o sexo explícito. Frente a la denuncia por contenido sexual, Facebook responde lo siguiente: 

El sitio no ha sido clausurado porque en rigor los desnudos no están presentes en la página, sin embargo, el sistema que acoge denuncias en Facebook no considera los comentarios ni el contenido implícito sexual de la fanpage. 

La ley chilena es clara al respecto, y además de castigar a quien participe en la producción, cualquiera sea su soporte, de material pornográfico en que hayan sido utilizados menores de dieciocho años, sanciona a quien envíe, entregue o exhiba imágenes o grabaciones de uno mismoo de un menor de 14 años de edad, con significación sexual, para procurar excitación. Esto mediantecualquier medio, incluso a distancia mediante métodos electrónicos.

Existe jurisprudencia al respecto y ejemplo de ello es la resolución dictada por el Tribunal de Copiapó contra un joven de Cerro Navia que fue denunciado por los padres de una víctima de 13 de la misma ciudad. El imputado fue formalizado por almacenamiento de material pornográfico infantil y grooming. En este caso las plataformas utilizadas fueron Whatsapp y Facebook. 

Este caso tuvo una resolución exitosa debido al canal de la denuncia, en un delito de acción pública, sin embargo, ¿qué hacer en el caso de "Miniparaiso" donde el canal para denunciar, aparentemente no funciona?.