¿Por qué no se puede sonreír en la foto del Carnet de Identidad?

¿Por qué no se puede sonreír en la foto del Carnet de Identidad?

03 Agosto 2018

Servicio de utilidad pública. 

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Todas la personas que estén leyendo esta noticia han debido concurrir más de una vez al Registro Civil a renovar su Carnet de Identidad. Para completar este sencillo trámite, solo debes tomarte una fotografía y registrar una firma en el sistema.

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Para la firma no hay ninguna restricción. No obstante, en lo que respecta a instantánea, el nuevo Carnet de Identidad (no así el anterior de color amarillo) tiene una regla de oro: No se puede sonreir mostrando los dientes. ¿Por qué sucede esto?

Para este reconocimiento facial, agregó la publicación, es trascendental el tipo de imagen que se saque del usuario, las que son tomadas según los parámetros dictados por la norma ICAO que son utilizados internacionalmente para imágenes de identidad.

"Las fotografías deben cumplir con la Norma ICAO, lo que implica una correcta captura de los datos biométricos del rostro de la persona, respondiendo las fotografías a medidas de seguridad y no a cánones estéticos, debiendo el usuario(a) adoptar una expresión natural y con la boca cerrada", añadieron desde el organismo estatal.

El texto periodístico consignó que estas normas son dadas a conocer por la Organización de Aviación Civil Internacional, cuya sigla en inglés es ICAO. Esta entidad solicita que la imagen de las personas debe presentar ojos abiertos, el fonde ser blanco y sin sombras, se debe tener una fisionomía neutra (tampoco se puede fruncir) y no se permite tener nada en la cabeza a excepción de que sea con motivos religiosos.