Superintendencia de Educación recuerda que colegios no pueden enviar a alumnos a sus casas como medida de castigo

Superintendencia de Educación recuerda que colegios no pueden enviar a alumnos a sus casas como medida de castigo

12 Marzo 2014

Además el director regional Hugo Keith Acevedo, informó a la comunidad escolar que en ningún caso el incumplimiento del uso del uniforme escolar podrá ser sancionado con la prohibición de ingresar al establecimiento. 

Alejandro Rodrí... >
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Un recordatorio realizó el director regional de la Superintendencia de Educación Escolar, Hugo Keith Acevedo, a todos los sostenedores de los colegios municipales y particulares subvencionados de la región en torno al uso del uniforme escolar y la prohibición de enviar a los estudiantes de regreso a casa como medida de castigo. Temáticas que figuran en la reactualización de la Circular Nº1.

Este documento, de 129 carillas, que recopila 78 leyes y decretos, precisa que no se puede adoptar este tipo de medidas por atrasos, incumplimientos de compromisos económicos del apoderado, no presentación del mismo ante una citación del colegio, incumplimiento de tareas escolares, uniforme escolar incompleto o inadecuado, falta de útiles escolares, falta de equipo de gimnasia u otras situaciones similares.

“En el caso que existan reglamentos internos que contradigan lo instruido, deberán ser modificados y ajustados a lo indicado en este punto”, indica la circular, cuyas modificaciones emergieron tras las experiencias de fiscalización, las denuncias recibidas y conversaciones con los sostenedores.

“Hay que proteger la integridad física y psicológica de los alumnos y no queremos que ellos se vean afectados o enfrentados a situaciones de riesgo en el trayecto a sus casas o, por ejemplo, que no haya nadie que los pueda cuidar”, sostuvo Hugo Keith, al enfatizar que el principio fundamental es velar por la seguridad de los escolares.

Exigencia de uniforme escolar

De acuerdo a lo señalado en el Decreto Nº 215, de 2009, del Ministerio de Educación, los directores de establecimientos educacionales, con acuerdo del Centro de Padres y Apoderados y del Consejo de Profesores, podrán establecer el uso obligatorio del uniforme escolar. De este modo, cada establecimiento educacional debe incorporar sus normas sobre uniforme escolar en su reglamento interno.

El director regional señala que en el caso que el uso del uniforme sea obligatorio. Los directores de los establecimientos educacionales por razones de excepción y debidamente justificadas por los padres o apoderados, podrán eximir a los alumnos y alumnas por un determinado tiempo, del uso total o parcial del uniforme escolar.

Las determinaciones sobre esta materia deben ser comunicadas a los padres y apoderados a más tardar  en el mes de marzo de cada año y no pueden entrar en vigencia sino hasta a lo menos 120 días después de dicha comunicación. Durante dicho plazo los alumnos y alumnas podrán asistir a clases sin el uniforme fijado, pero con vestimenta sobria y propia de las actividades escolares.

Ante esto, la normativa es clara: “En ningún caso el incumplimiento del uso del uniforme escolar podrás ser sancionado con la prohibición de ingresar al establecimiento”. Los establecimientos educacionales que incumplan esto están sujetos a fiscalización por parte de la SIE. En caso de infringir la norma, se inicia un proceso administrativo que derivaría en una sanción.

Finalmente la autoridad realizó un llamado para que los apoderados se fijen en los reglamentos internos y manuales de convivencia de los establecimientos educacionales de la región, y además conocer el proyecto educativo de cada colegio. También instó a los padres y apoderados a asumir sus responsabilidades y deberes para con los estudiantes.

En caso de dudas o consultas, la comunidad escolar puede contactarse con la SIE mediante su página web www.supereduc.cl o en las oficinas de este organismo, ubicadas en General Borgoño #934, piso 7, oficina 704; o al teléfono 2891452.