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Tribunal declaró primera liquidación voluntaria de una persona deudora

07 Noviembre 2014

El liquidador titular hará un inventario de sus bienes para embargarlos y así compensar a acreedores.

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A menos de un mes de que entrara en vigencia la nueva ley de Insolvencia y Reemprendimiento, el décimo séptimo Juzgado Civil de Santiago declaró la primera liquidación voluntaria de una persona deudora en el país.

Se trata de un trabajador dependiente que vive en la comuna de Las Condes, quien por su propia cuenta acudió a los tribunales para declararse en quiebra. De esta forma, en los próximos días el liquidador titular deberá ir al domicilio del deudor, hacer un inventario de sus bienes y embargarlos para compensar a los acreedores.

La nueva ley de Reorganización y Liquidación de Activos de Empresas y Personas permite que personas naturales puedan declararse en quiebra siempre y cuando tengan dos o más cuentas vencidas por más de 90 días y una deuda superior a las 80 UF. Es decir, poco más de 1 millón 930 mil pesos. 

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