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¿Quiénes deben pagar impuestos del 2° retiro del 10%?: SII instruye cómo y cuándo tributar

15 Enero 2021

Servicio de Impuestos Internos publicó una circular con toda la información pertinente. 

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El Servicio de Impuestos Internos (SII) publicó la Circular N° 1 de 2021, que imparte instrucciones sobre la tributación correspondiente al segundo retiro del 10% de los fondos previsionales, establecido por la Ley N° 21.295, luego de cumplir con el proceso de consulta pública correspondiente.

 
Según consignó el propio sitio del SII, esta circular instruye que, de acuerdo a lo dispuesto en dicha ley, el retiro de fondos deberá pagar impuestos cuando quien lo realice obtenga una renta imponible superior a 30 UTA ($1.530.000 mensuales aproximadamente) en el año del retiro.

CÁLCULO

Además, precisa que, para el cálculo de las 30 UTA, se consideran todas las rentas brutas gravadas con el Impuesto Global Complementario (IGC) y se descuentan todas aquellas deducciones de la base del IGC que permite la legislación tributaria (como, por ejemplo, el beneficio por crédito hipotecario). 

El organismo detalló que entre las rentas gravadas con el IGC, y que deben incluirse en dicho cálculo, se encuentran dividendos, retiros, honorarios, dietas, rentas de capitales mobiliarios, sueldos y pensiones, entre otras. 

NO SE CONSIDERAR RENTAS IMPONIBLES

Por otro lado, señala el SII, que no se consideran rentas imponibles para el cálculo de las 30 UTA "los ingresos no constitutivos de renta, es decir, ingresos como el aporte fiscal para la clase media y el préstamo solidario del Estado, otorgados durante 2020, los subsidios por licencia médica pagados por organismos de previsión, el primer retiro del 10% de los fondos previsionales, entre otros ingresos no tributables".

Asimismo, añadieron, no debe considerarse el monto del segundo retiro del 10% para el cálculo de las 30 UTA. 

Además, se aclara que, en caso de que el retiro de fondos desde las AFP esté afecto a impuesto y dicho retiro fue pagado al beneficiario de una pensión de alimentos que se adeudaba, el pago del impuesto le corresponderá al afiliado de la AFP deudor de la pensión de alimentos y no al beneficiario de dicha pensión.

DECLARACIÓN Y PAGO DE IMPUESTOS

Respecto a la declaración y pago de impuestos, el SII entregó algunas instrucciones. En caso de que el retiro se realice en dos cuotas y deban afectarse con impuestos, deberán declararse dichas cantidades a través del Formulario Nª 22, en la Operación Renta correspondiente, debiendo considerarse las siguientes reglas:  

  • Si la primera y segunda cuota del retiro son pagadas en diciembre de 2020, el monto total deberá ser declarado en abril 2021.
  • Si la primera cuota del retiro es pagada en diciembre de 2020 y la segunda cuota es pagada en enero de 2021, la primera cuota deberá declararse en abril de 2021, mientras que la segunda cuota deberá ser declarada en abril de 2022.
  • Las cuotas pagadas íntegramente durante el año 2021 deberán ser declaradas en abril de 2022.
  • Por último, si la primera cuota del retiro es pagada en diciembre del año 2021 y la segunda cuota es pagada en enero del año 2022, la primera cuota deberá declararse en abril de 2022, mientras que la segunda cuota deberá ser declarada abril de 2023.

INSTRUCCIONES PARA LAS AFP

La misma Circular instruye que las AFP en que se encuentre afiliado quien realice el retiro de la Ley N° 21.295 deberán informar al Servicio de Impuestos Internos el monto pagado por este concepto, en el año que corresponda al retiro efectuado.
 
Por último, la resolución instruye que esta obligación de informar rige a partir del año tributario 2021 y para los años tributarios 2022 y 2023, en relación con la entrega de la información del año comercial respectivo.

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* Imagen de referencia. Crédito: Huawei / Agencia Uno.

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