Solicitan remoción de alcaldesa Rojo del padrón electoral por acusación de fraude al fisco

28 Julio 2020

En el contexto del denominado Caso Main o Caso Asesor. Desde este martes 28 de julio se abrió el plazo legal de 10 días para presentar reclamaciones al registro auditado.

El Nortero >
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Un requerimiento ante el Tribunal Electoral Regional (TER) para excluir a la alcaldesa Karen Rojo del padrón electoral auditado presentó el ex alcalde de Tocopilla, Fernando San Román, en aras -dijo- "de hacer valer el artículo 61 de la Ley N°18.695 Orgánica Constitucional de Municipalidades". La disposición, indicó el otrora personero, establece que el alcalde o concejal cuyo derecho a sufragio se suspenda por una acusación que merezca pena aflictiva se entenderá temporalmente incapacitado para el desempeño de su cargo.

Tal podría ser el caso de Rojo Venegas, añadió San Román, "luego de que el pasado viernes 17 de julio el Juzgado de Garantía de Antofagasta diera por concluida su audiencia de preparación de juicio oral (causa rol 5.847-2018) por los delitos consumados de fraude al fisco y negociación incompatible, dictando el respectivo auto de apertura para remitirlo al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta".

CIERRE Y APERTURA DEL PADRÓN

A través de una declaración pública, el ex edil de Tocopilla indicó que "no obstante, acorde a la Ley 21.221 de Reforma Constitucional que establece un nuevo itinerario electoral para el plebiscito constituyente, el Servel debió suspender las actualizaciones de su Registro Electoral el 6 de junio, 140 días antes de la consulta del 25 de octubre, impidiendo en la práctica que la alcaldesa pierda su derecho a sufragio (...) Acorde a la ley, este martes 28 de julio inició el período de reclamaciones al padrón electoral auditado, el cual se extenderá por diez días. De esta manera, los artículos 48 y 49 de la ley 18.556 sobre sistema de inscripciones electorales y servicio electoral, faculta a cualquier ciudadano para hacer impugnaciones y reclamaciones. El registro volverá a publicarse en forma definitiva el 26 de agosto, detallando la nómina de personas inhabilitadas, donde podría estar Rojo".

EXCLUSIÓN Y REEMPLAZO

“Hemos decidido recurrir al Tribunal Electoral Regional con un requerimiento para pedir que cumpla lo que dispone la normativa y saque a la alcaldesa Karen Rojo de este padrón; la deje inhabilitada, como procede, y por lo tanto  que comience a regir lo que dispone la normativa, y que es que ella sea suspendida de su cargo temporalmente”, señaló San Román.

Por otra parte, detalló político y comunicador social "quedaría en manos de la justicia electoral la exclusión de la actual edil del registro, que de ser efectiva ocasionaría su reemplazo mientras dure su incapacidad, según indican los artículos 62 y 78 de la ley de municipios. En caso de vacancia el concejo elegirá de entre sus miembros -y por mayoría absoluta- un nuevo alcalde para completar el período, estableciendo diversos mecanismos para repetir la votación en caso de no lograr la mayoría (...) De no reunir ninguno de ellos dicha mayoría, se repetirá la votación, circunscrita sólo a los dos concejales que hubieren obtenido las dos mayorías relativas. En caso de no lograrse nuevamente la mayoría absoluta en esta segunda votación, o produciéndose empate, será considerado alcalde aquél de los dos concejales que hubiere obtenido mayor número de preferencias ciudadanas en la elección municipal respectiva”.

El Nortero de Antofagasta solicitó una declaración al respecto al municipio de Antofagasta, pero por el momento no se han referido a la acción de San Román.