Antofagasta: Contraloría detectó nuevas irregularidades en la compra de cajas de alimentos

Antofagasta: Contraloría detectó nuevas irregularidades en la compra de cajas de alimentos

25 Febrero 2021

El ente fiscalizador ordenó a la Intendencia corregir los aspectos cuestionados.

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Un nuevo informe de la Contraloría General de la República detectó una serie de irregularidades en la compra y distribución de las cajas de alimentos por parte de la Intendencia de Antofagasta en el período comprendido entre el 4 de mayo y el 31 de julio de 2020.

Se trata de una auditoría efectuada a la adquisición de esta ayuda social en el marco del programa “Alimentos para Chile”, una de las medidas adoptadas por el Gobierno para enfrentar la emergencia sanitaria por el COVID-19 en el país.

La Contraloría ordenó a la Intendencia que corrija estas situaciones a futuro, así como también le solicitó entregar la información correspondiente en varios de los puntos cuestionados. Además, el órgano fiscalizador iniciará un procedimiento disciplinario destinado a investigar eventuales responsabilidades administrativas del personal involucrado en varios de los hechos descritos.

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CONCLUSIONES

Las conclusiones del informe son las siguientes:

• Se evidenció que la Intendencia no cursó multas por un monto total de $33.500.319, por incumplimientos en el plazo de la entrega de las canastas por parte de los proveedores que alcanzó la suma de $32.223.085, -EDS JCM por $24.982.860, Servicios de Alimentación S.A. por $3.540.225 y Comercial San Antonio S.A. por $3.700.000-; y por la entrega de canastas en mal estado correspondiente a $1.277.234, -Servicios de Alimentación S.A. por $1.203.234 y Comercial San Antonio S.A. por $74.000-.

• Se advirtió la falta de justificación en la elección de los proveedores EDS JCM Ingeniería y Servicios SpA., y Servicios Financieros y Asesorías Need Solution Ltda., para la adquisición de la ayuda en comento a través de la modalidad de trato directo, toda vez que, ni el objeto social ni el giro declarado ante el Servicio de Impuestos Internos, guardaban relación con la finalidad del contrato suscrito, sin que los actos administrativos señalaran los motivos de requerir la participación de esos proveedores y su posterior contratación bajo la modalidad de trato directo.

• Se observó que la Intendencia aceptó la cotización de los proveedores EDS JCM Ingeniería y Servicios SpA., y Servicios Financieros y Asesorías Need Solution Ltda., aun cuando estas no satisfacían la necesidad inicialmente requerida por esa entidad.

• Se detectaron diferencias entre los bienes detallados en la cotización de la empresa EDS JCM Ingeniería y Servicios SpA., y el contenido de las canastas efectivamente entregadas por el proveedor.

• Se observó una eventual disminución del precio de las canastas de ayuda social entregadas por la empresa EDS JCM Ingeniería y Servicios SpA., en consideración al cambio en el contenido de las mismas.

Respecto de las situaciones detalladas en los párrafos precedentes, la Contraloría Regional incoará un procedimiento disciplinario destinado a investigar eventuales responsabilidades administrativas del personal involucrado en los hechos allí descritos.

• Se advirtieron debilidades de control por parte de la entidad en la recepción de canastas de alimentos e insumos de higiene a los proveedores, dado que si bien esa repartición elaboró un acta de recepción de las cajas al proveedor, estas carecían de información que permita dar cuenta de la cantidad, lugar y proveedor que realizó la entrega. De igual modo, se evidenció que en las guías de despacho no se incluyeron observaciones relativas a la cantidad o estado de las unidades entregadas por el proveedor, como tampoco la recepción conforme de las mercaderías, ya que carece de la firma de quien las percibió.

• Se constató la ausencia de un convenio de colaboración entre la Intendencia y los distintos municipios de la región, que colaboraron en la entrega de la ayuda en comento a los beneficiarios finales, lo que conllevó que no se tuviera certeza de la cantidad de bienes que efectivamente fueron traspasados a las entidades edilicias, contraviniendo lo dispuesto en numeral I, párrafo segundo y letra a), numeral 4, del oficio N° E7072/2020, de 2020, de esta Entidad de Control.

• Se evidenció la ausencia de un registro electrónico para el control de la entrega del beneficio, vulnerando con ello, lo dispuesto en el oficio N° E7072/2020, de este Organismo Fiscalizador.

• Se constató la falta de acreditación de la entrega de 10.997 canastas de ayuda social a los beneficiarios finales, por lo que corresponde que la Intendencia acredite documentadamente la efectiva recepción por parte de los usuarios finales, en el Sistema de Seguimiento y Apoyo de la CGR en un plazo de 60 días hábiles, contado a partir de la recepción del presente informe final.

• Se detectaron diferencias entre el saldo disponible informado en la cartola bancaria de las cuentas corrientes versus el saldo bancario indicado en las conciliaciones bancarias de las 4 cuentas corrientes confeccionadas al 30 de junio de 2020. Por lo tanto, corresponde que la entidad efectúe el análisis y los ajustes pertinentes, que le permitan conciliar las discrepancias advertidas en sus procesos conciliatorios, debiendo informar documentadamente de ello, a través del Sistema de Seguimiento y Apoyo de la CGR, en un plazo de 60 días hábiles, contados desde la fecha de recepción del presente informe final.

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Imagen: Huawei / Agencia Uno (archivo).