Chuquicamatinos deberán tener a Calama como lugar de origen en su cédula de identidad

Chuquicamatinos deberán tener a Calama como lugar de origen en su cédula de identidad

16 Octubre 2014

La resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago, que ordenaba que las personas que nacieron en Chuquicamata fueran inscritas con ese lugar de nacimiento, fue revocada por la Corte Suprema. Las nuevas cédulas que se emitan no considerarán al campamento minero.

El Nortero >
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Lamentablemente para los chuquicamatinos la Corte Suprema revocó la resolución de la Corte de Apelaciones de Santiago que ordenaba al Registro Civil e Identificación inscribir a todas las personas nacidas en Chuquicamata con este lugar de nacimiento en sus cédulas de identidad

La Corte Suprema dio su sentencia donde se descarta que el Registro Civil haya incurrido en un actuar arbitrario al reemplazar el lugar de nacimiento de Chuquicamata por Calama, debido a cambios en la plataforma tecnológica del servicio.

El fallo sostiene "que de la lectura del artículo 7 de la Ley N° 19.477 aparece de manifiesto que corresponde al Director del citado Servicio la facultad de determinar las menciones que deben contener los documentos de identidad. Es así como en uso de tal facultad la autoridad antes referida dictó la Resolución N° 861 de 2013, conforme a la cual se incorporó el lugar de nacimiento dentro de las menciones opcionales que debe contener el documento de identidad, mención que con la entrada en vigencia de la cédula mecanizada se estandarizó como el de la comuna a fin de adecuarlo a la división política más pequeña del país, sin que ello implique, de manera alguna, una modificación del lugar de nacimiento que figura respecto de cada ciudadano en la correspondiente inscripción, por cuanto el Registro de Nacimiento es un catastro distinto del Sistema de Identificación".