Corte de Antofagasta responsabiliza al Estado de Chile de "separación de la familia" de médico venezolana

25 Agosto 2021
Tribunal ordenó resolver la solicitud de visa de sus hijos.
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Imagen: piqsels.com (referencial).

La Corte de Apelaciones de Antofagasta le ordenó a la Dirección General de Asuntos Consulares, Inmigración y Chilenos en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores resolver, en el plazo de 30 días, la solicitud de visa de responsabilidad democrática de los 3 hijos de una médico venezolana con residencia en Chile.

En fallo unánime, la primera sala del tribunal de alzada acogió el recurso de amparo presentado por la profesional. 

Hay una afectación de la libertad personal respecto de las personas en cuya representación se acciona, ya que no pueden ejercer su derecho para ingresar y mantenerse en el país, con el objeto de reencontrarse con su madre”, consigna la resolución. 

En ese sentido, el fallo agrega que “encontrándose la recurrente en una situación migratoria regular, necesariamente debe darse tramitación a la solicitud de vista temporaria de responsabilidad democrática respecto de sus hijos, teniendo en consideración lo establecido en el artículo 9° de la Ley 20.430, que consagra el principio de reunificación familiar”.

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"OCASIONA UN DAÑO A NIVEL FAMILIAR"

Incluso, el tribunal establece que “debe considerarse que el Estado de Chile otorgó visa a la madre, por lo que es el actual causante de la separación de la familia, y no debe ser el causante y/o generar impedimentos u obstáculos injustificados o arbitrarios de orden administrativo que dificulte más allá de lo razonable, la reunión del grupo familiar, que está gestionando en forma legal las autorizaciones respectivas para que se otorguen los permisos que procedan”.

"El cierre del proceso de tramitación de la visa de responsabilidad democrática, ciertamente ocasiona un daño no sólo a nivel personal, sino también a nivel familiar respecto de la recurrente y sus hijos que desean reencontrarse como grupo familiar en el territorio nacional, afectando lo dispuesto en el artículo 1° de la Constitución Política de la República, el cual establece que la familia es el núcleo fundamental de la sociedad, siendo deber del Estado dar protección a la población y a la familia, así como propender al fortalecimiento de ésta”, recalca la Corte de Apelaciones de Antofagasta.

Por esta razón, el tribunal de alzada ordenó resolver, en el plazo de 30 días, la solicitud de visa de responsabilidad democrática de los 3 hijos, "tomándose todas aquellas medidas necesarias para garantizar y promover la reunificación familiar de los amparados”.

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Imagen: piqsels.com (referencial).