Justicia ordena a Isapre a dar cobertura de radioterapias en Antofagasta

Justicia ordena a Isapre a dar cobertura de radioterapias en Antofagasta

02 Septiembre 2020

Paciente debía viajar a Santiago para practicarse dicho examen.

El Nortero >
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La Corte de Apelaciones de Antofagasta acogió el recurso de protección y ordenó a la isapre Cruz Blanca S.A. entregar cobertura en una institución o centro médico ubicado ciudad, a tratamiento de radioterapias de afiliada que, actualmente, debe trasladarse a Santiago.

En fallo unánime  (causa rol 3.387-2020), la Primera Sala del tribunal de alzada –integrada por las ministras Myriam Urbina Perán, Jasna Pavlich Núñez y el abogado (i) Juan Paulo Ovalle Cerpa– acogió con costas la acción cautelar, al establecer el actuar ilegal y arbitrario de la isapre recurrida. 

“Que la Isapre recurrida al no contar con un prestador en la ciudad de Antofagasta y asignar uno en la ciudad de Santiago ha vulnerado estos pilares, en particular el acceso y la oportunidad, pues se ha designado una institución en otra ciudad, a considerable distancia de la ciudad donde vive la recurrente, debiendo trasladarse para efectos de recibir su tratamiento, lo que pone en riesgo su derecho consagrado en el artículo 19 Nº1 de la Constitución Política, desde que se trata de una persona que, atendida la situación sanitaria actual del país y su condición de paciente oncológico, se encuentra en los denominados grupos de riesgo.”, sostiene el fallo.

RESOLUCIÓN

La resolución agrega: “Que, conforme lo anterior, fluye que la decisión de la recurrida tiene carácter de arbitraria, tanto por la falta de lógica y de realidad que ella presenta, como por el deterioro real que provoca en la recurrente, al tener que trasladarse de ciudad, viéndose expuesta a posibles contagios, en circunstancias que existen instituciones o centros en la ciudad de Antofagasta que realizan el tratamiento requerido, pues tal como lo ha informado lo recurrente, en una primera oportunidad se le designó como prestador la Clínica Antofagasta”.

Por tanto, se resuelve que “SE ACOGE, con costas, el recurso deducido por Lya Alejandra Rojas Serey, en contra de la Isapre Cruz Blanca S.A, debiendo la Isapre entregar cobertura al tratamiento de radioterapias de la recurrente en una institución o centro ubicado ciudad de Antofagasta”.