Ley de Protección del Empleo: Aumentan pagos y exigirán menos requisitos

Ley de Protección del Empleo: Aumentan pagos y exigirán menos requisitos

02 Septiembre 2020

Toma nota sobre los nuevos beneficios.

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En tiempos de pandemia, y previendo la profunda crisis y cesantía que se vendría encima por la crisis económica, el Gobierno implementó –entre varias medidas- la Ley de Protección del Empleo. En vista de que la problemática sanitaria continúa, afectando las finanzas de los hogares del país, el Ejecutivo anunció aumento en los pagos del beneficio y, además, aseguró que se exigirán menos requisitos.

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Cabe recordar que esta ley permite que los trabajadores puedan acceder a los fondos de su Seguro de Cesantía, pero –dada la contingencia-, esto no implica el despido del trabajador.

MODIFICACIÓN

Según consignó Mega, ahora bien, dada la modificación de iniciativa legal, y considerando la flexibilización de los requisitos para acceder al Seguro, los empleados “podrán acceder a mayores montos en sus pagos mensuales y con menos condiciones”.

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La publicación detalló que las correcciones a la Ley se publicaron este miércoles en el Diario Oficial, y que éstas rigen (en primera instancia) hasta el 31 de octubre de 2020.

LOS CAMBIOS

Pero, ¿cuáles son los cambios y de qué manera beneficiarán a los trabajadores?

El texto periodístico, citando información oficial, señaló que, en el caso de los trabajadores que estén cesantes, éstos necesitan solamente contar con un mínimo de tres cotizaciones mensuales continuas, inmediatamente anteriores al término del contrato laboral; o bien –añadieron en Mega- seis cotizaciones mensuales continuas o discontinuas durante los últimos 12 meses.

AUMENTO EN EL MONTO DE LOS GIROS

Por otra parte, puntualizó la nota, el proyecto además considera un aumenta en el monto de los giros a entregar, los cuales ahora se calcularán sobre la base del promedio de las remuneraciones de los últimos tres meses, “sin hacer distinción entre trabajadores con contrato indefinido, fijo, o por obra o faena”.

En definitiva, con la modificación de la legislación, paralelamente se suman dos pagos y los giros serán los siguientes:

  • Primer giro: 70% del sueldo.
  • Segundo giro: 55% del sueldo.
  • Tercer giro: 55% del sueldo.
  • Cuarto giro: 55% del sueldo.
  • Quinto giro: 55% del sueldo.
  • *Sexto giro: 45%.
  • *Séptimo giro: 45%.