Niño sufrió daño neurológico en hospital y Corte de Antofagasta ordena millonaria indemnización

14 Abril 2020

Menor sufrió severas complicaciones en medio de intervención para extraerle piezas dentales.

Equipo El Nortero >
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La Corte de Apelaciones de Antofagasta confirmó el fallo que condenó al Servicio de Salud a pagar una indemnización total de $701.796.941 (setecientos un millones setecientos noventa y seis mil novecientos cuarenta y un pesos) a la madre y hermana de un niño de 9 años de edad que concurrió, en 2014, al Hospital Carlos Cisternas de Calama para la extracción de piezas dentales, cirugía que le provocó una encefalopatía hipóxico-isquémica (daño neurológico severo).

Desde el Poder Judicial informaron que, en un fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Óscar Clavería Guzmán, Dinko Franulic Cetinic y Virginia Soublette Miranda– revocó la resolución impugnada, solo en la parte que dispuso que cada parte pagaría sus costas, “y en su lugar se declara que se condena a la demandada a su pago íntegro”.

FALLO

El fallo indica que el médico anestesista que intervino en la operación quirúrgica “incumplió una cuestión básica de la praxis médica y, ciertamente, de sentido común; (en lo que respecta a) revisar los antecedentes o ficha médica para cerciorarse si su paciente presentaba alguna situación especial que pudiera motivar una reacción distinta a la normalmente esperable”.

La resolución agrega que “esta circunstancia se tradujo en que no adoptó las medidas básicas de preparación para enfrentar exitosamente el cuadro basal que presentaba su paciente quien, ante dicha omisión, sufrió un paro cardiorrespiratorio que desencadenó una serie de consecuencias médicas ya anotadas. Así estamos en presencia de un hecho, culposamente ejecutado, que produjo un resultado dañoso y, consecuentemente, el Servicio es obligado a la reparación”.

En otra parte del dictamen éste señala que: “es hecho de la causa –continúa– que el menor, víctima directa de los hechos, al momento de acaecidos estos era un niño normal, actualmente es incapaz de ponerse de pie y caminar, no es capaz de hablar, controlar esfínteres ni alimentarse por sí mismo, siendo completamente dependiente de otros para su autocuidado, presentando una alteración grave de su desarrollo, lo cual lo mantendrá en permanente condición de discapacidad total. Se trata de una alteración gravísima y total de todas sus facultades, tanto físicas como psíquicas, que se mantendrán de por vida y es precisamente esta circunstancia, que ha afectado de modo tal un bien extrapatrimonial como su salud, que justifican plenamente el monto fijado por el tribunal”.

* Imagen de referencia. Crédito: Huawei / Agencia Uno.